Andrea: un planteamiento equivocado

 Andrea nació hace más de 12 años con una grave enfermedad neurodegenerativa, que le ha impedido hasta comunicarse por signos, pero consigue entenderse a través de gestos. Así, ha llegado a asistir a clase e interactuar de alguna forma con su entorno, mostrando incluso alegría, como cuentan sus padres (La Voz de Galicia, 1.10.2015).

 En Junio de 2015, Andrea sufrió un empeoramiento. Sus padres rechazaron el tratamiento de corticoides y quizá después inmunosupresores porque consideraron que no conducía a nada (El Mundo, 1.10.2015). "Ciertamente -afirma San Juan Pablo II en Evangelium Vitae, 62- existe la obligación moral de curarse y hacerse curar, pero esta obligación se debe valorar según las situaciones concretas; es decir, hay que examinar si los medios terapéuticos a disposición son objetivamente proporcionados a las perspectivas de mejoría. La renuncia a medios extraordinarios o desproporcionados no equivale al suicidio o a la eutanasia; expresa más bien la aceptación de la condición humana ante al muerte". Por tanto, sin conocer los detalles, asumiendo que la enfermedad de Andrea pudiera no tener cura ni alivio y enfrentarse a un desenlace más o menos próximo, esta decisión podría ser aceptable y no sabemos si fue la más acertada.

 Pero luego, los padres de Andrea han ido más allá y, entendiendo que se encuentran ante un deterioro progresivo que llevará al desenlace final, han querido acortar los sufrimientos de su hija provocando su muerte (La Voz de Galicia, 1.10.2015). Lo han pedido recurriendo a una práctica aberrante: dejar de suministrarle alimentación y bebida por la sonda y manteniéndola inconsciente mientras se deteriora y muere. Esta práctica fue introducida en España a través de la ley andaluza de "muerte digna", escrita con la penosa colaboración del jesuita P. Alarcos, director de la Cátedra Andaluza de Bioética, adscrita a la Escuela de Teología de Granada, y desoyendo a las asociaciones civiles que se oponían a ella. En ella no se distinguen las medidas terapéuticas, que son lícitamente rechazables en fase terminal, de las medidas de soporte vital básico. Éstas, alimentación, agua, cuidados básicos e higiene, no son encarnizamiento terapéutico, y nunca se deben denegar, salvo la alimentación o hidratación por medios desproporcionados o en situación ya agónica. Así se recuerda en la nota del Arzobispado de Santiago sobre este caso, citando a la Congregación para la Doctrina de la Fe: "Suministrar alimento y agua, incluso por vía artificial, es, en principio, un medio ordinario y proporcionado para la conservación de la vida".

 Esa práctica aberrante se ha utilizado desde entonces como eutanasia encubierta, acabando con la vida de las personas por deshidratación y debilidad, por falta de agua y alimentos, anulando su consciencia para que no sufran. Para ello, la retirada de alimentación y agua se combina con una falsa "sedación terminal", que en este caso no es más que una cooperación deliberada con el homicidio. Tras la promulgación de la ley andaluza, este sistema horrible, ya utilizado en EEUU con Terry Sciavo, fue utilizado para acabar con la vida de la anciana Ramona Estévez, con la pública oposición del Obispo de Huelva (El Correo de Andalucía, 26.8.2015). Detrás de estos casos suele estar el interés de asociaciones pro-eutanasia, que los utilizan como "bandera" mediática. Con toda justicia, la Asociación Española de Abogados Cristianos ha pedido que se siga alimentando a Andrea y ha afirmado su intención de denunciar al Hospital Universitario de Santiago de Compostela si no se hace y la niña muere (El Día.es, 6-Oct-2015). 

"Ninguno de nosotros vive para sí mismo; porque, si vivimos, vivimos para el Señor y si morimos, morimos para el Señor. En la vida y en la muerte somos del Señor".

Romanos 14,7-8.

 Plantearse acabar con la vida de alguien es ya una aberración. Nadie tiene derecho a acabar con su propia vida o la de otra persona; esta es una realidad moral objetiva. La conciencia común de las personas, forjadora de cultura, atestigua ese rechazo a que nadie asuma una responsabilidad que no le corresponde y acabe con la vida de otro, y se plasma en la ley. Por eso, cuando hablamos de aborto o eutanasia, el gran error no es tomar la mala decisión, el error es anterior, y consiste en creer que uno tiene derecho a planteársela, que tiene derecho a decidir sobre la vida y la muerte. Frente al concepto fallido de eutanasia por omisión, la Sociedad Española de Cuidados Paliativos, en su magnífico documento contra la eutanasia, cargado de verdadera experiencia asistencial, afirma: "cuando algo se hace o se deja de hacer con la intención directa de producir o acelerar la muerte del paciente, entonces corresponde aplicar el calificativo de eutanasia".

 Si no caemos en el tremendo error de plantearmos siquiera aberraciones como el aborto o la eutanasia para dar una falsa salida a los problemas, la aceptación surge como algo natural que nos ayuda a afrontar la dificultad y el sufrimiento, el propio o el de personas que amamos. Lo aceptamos, aun con lucha y altibajos, como parte de la vida. Pero si cargamos con responsabilidades que no son nuestras, planteándonos el aborto o la eutanasia, no asumimos la realidad y todo se complica. La anti-cultura de la muerte nos arrastra a estas situaciones verdaderamente horribles. Hoy, que tantos en esta sociedad tecnificada rechazan la fe en el Dios vivo y la esperanza de la vida eterna y ponen toda su confianza en la técnica, se ha perdido también mucha de esa capacidad para afrontar la vida de forma plena, y se ignoran realidades morales que resultan evidentes. La realidad humana y moral que lleva a la verdadera felicidad se tapa con ideas vanas, con supuestos derechos absurdos que no tienen ninguna base en la realidad.

 Dice San Juan Pablo II en Evangelium Vitae, 65: "de acuerdo con el Magisterio de mis Predecesores y en comunión con los Obispos de la Iglesia católica, confirmo que la eutanasia es una grave violación de la Ley de Dios, en cuanto eliminación deliberada y moralmente inaceptable de una persona humana. Esta doctrina se fundamenta en la ley natural y en la Palabra de Dios escrita; es transmitida por la Tradición de la Iglesia y enseñada por el Magisterio ordinario y universal".

 

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